miércoles, 8 de julio de 2015

El TSJA confirma que la concesionaria del 085 en la provincia despidió a una operadora en represalia por su actividad sindical

El TSJA confirma que la concesionaria

 del 085 en la provincia despidió 

a una operadora en represalia 

por su actividad sindical

Una sentencia del TSJA confirma que Qualytel Arvato, concesionaria de la sala de emergencias de bomberos 085 en la provincia de Cádiz despidió a una trabajadora falseando los motivos. Concretamente, considera acreditado que el cese “fue en represalia por su actividad sindical en la empresa”, y por tanto, vulneraba un derecho fundamental recogido en la Constitución. CSIF espera que el Consorcio de Bomberos y la Diputación tomen medidas para impedir que una empresa que funciona con dinero público “siga vulnerando derechos fundamentales de sus trabajadores”.



Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma que la empresa Qualytel Arvato, concesionaria de la sala de emergencias de bomberos 085 en la provincia de Cádiz despidió a una trabajadora falseando los motivos. Concretamente, considera acreditado que el cese de la operadora de la sala “fue en represalia por su actividad sindical en la empresa”, y por tanto, vulneraba un derecho fundamental recogido en la Constitución española.

Del mismo modo, el TSJA condena en costas a la empresa por recurrir la sentencia que ya dictaminó meses antes en primera instancia, en el que ya recogía que el despido era nulo y la trabajadora debía reincorporarse en la empresa, hacen público desde CSIF en una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz.

El TSJA reprocha a Qualytel que tratase de recurrir aquella sentencia para defender que el despido se debía a un motivo disciplinario, sin que siquiera lo hiciera constar en la redacción del recurso. De hecho, el tribunal da por válida la grabación de la conversación en la que representantes de la empresa, reunidos con la afectada, le aclaraban que el despido por motivos disciplinarios era una simple excusa, un simple trámite, para poder despedirla y que ella pudiera cobrar una indemnización por la improcedencia del despido. En dicha conversación grabada (avalada por prueba testifical y conocida por la empresa desde que se presentó la demanda por el despido), la empresa argumentaba que tenían que despedirla porque las reclamaciones sindicales de CSIF estaban llevando a Qualytel a los medios de comunicación constantemente.

Con esta sentencia, este sindicato espera que la Diputación de Cádiz y el Consorcio de Bomberos de la provincia “tomen las medidas oportunas contra aquellos funcionarios que incitaron al despido” (tal y como queda probado por la conversación grabada), así como el cese del responsable de la empresa Qualytel Arvato en la sala del 085, “encargado de recurrir a la grabación de una actuación de rescate en montaña que, sin ninguna excusa, utilizaron para despedir a la afectada”.

CSIF asevera que la afectada, con minusvalía reconocida, “ha sufrido daños morales difíciles de cuantificar, dado que es una trabajadora ejemplar y reconocida entre sus compañeros y bomberos de toda la provincia”.

Para este sindicato “no es lógico que desde la administración pública se permita que empresas que operan con dinero de todos los contribuyentes para desarrollar servicios esenciales para la sociedad tengan tan mala fe hacia sus trabajadores; les despidan acusándolos falsamente de desobedecer a sus superiores y, para colmo, recurrir las sentencias que condenan sus desmanes”.

Por todo esto, CSIF insiste en afirmar que si el Consorcio de Bomberos absorbiera la plantilla de la sala del 085 como personal laboral, “conllevaría más de 500.000 euros de ahorro al año”.