España condenada a indemnizar a una madre por discriminación en el trabajo
La Justicia tardó en reconocer a la afectada su derecho a
conciliar vida laboral y familiar. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha
sentenciado que debe recibir 16.000 euros por daños morales. El Tribunal condena
así de nuevo al estado español, y ya es casi tradición por esos lares...
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a
indemnizar con 16.000 euros por daños morales a Raquel M.G. por la tardanza de la Administración de
Justicia en reconocer que había sido discriminada como madre por el supermercado
en el que trabajaba, que puso trabas a su reducción de jornada. Cuando la
justicia le dio la razón, sus hijos ya tenían más de 6 años y no pudo
beneficiarse de la reducción.
La sentencia declara que la Administración
española de Justicia vulneró el derecho de esta mujer a la resolución de sus
reclamaciones dentro tiempo razonable. Concretamente, se le compensa por
vulneración del artículo 6.1 en relación con el 14 de la Convención Europea de
Derechos Humanos.
La mujer, vecina de Perales del Río (Madrid) y que
tenía hijos menores de seis años, solicitó a la empresa poder reducir su horario
para hacerse cargo de los pequeños de modo que su jornada, en vez de partida, se
estableciera entre las cuatro de la tarde y las nueve y cuarto de la noche. Su
petición fue rechazada por sus jefes, lo que ella considera
discriminatorio.
El Tribunal Constitucional le concedió el amparo ante el
inicial rechazo de la empresa, al considerar que había sido discriminada por
razón de sexo. No obstante, y en una nueva resolución, la jurisdicción laboral
estimó que las pretensiones de la trabajadora sobrepasaban esta protección
porque la mujer pretendía estar exenta los jueves, viernes y sábados, días de
mayor actividad en el supermercado, y la sentencia señaló que esta solicitud no
estaba justificada.
Tras interponerse un segundo recurso, el Tribunal
Constitucional amparó a la mujer por el tiempo transcurrido, si bien Raquel no
pudo beneficiarse de la medida porque sus hijos ya tenían más de 6 años. Frente
a su petición, el tribunal de garantías rechazó indemnizarla por discriminación
sufrida, aspecto que únicamente fue apoyado por un magistrado en un voto
particular.
Ahora, el TEDH da la razón esta mujer al considerar que, al
tardar más de cuatro años en resolver sus peticiones, la justicia española
desamparó a Raquel ante la discriminación sufrida, pues no pudo disfrutar de la
reducción de jornada al ser ya sus hijos mayores de seis años. Por ello condena
al Estado a indemnizarla con 16.000 euros por daños morales.