jueves, 3 de octubre de 2013

CGT consigue la nulidad de 56 despidos acometidos por Unísono

CGT consigue la nulidad de 56 despidos acometidos por Unísono

La sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en sentencia 0155/2013 determina que la empresa UNISONO SOLUCIONES CRM, S.A debe proceder a la nulidad de 56 despidos acometidos en el periodo comprendido del 1 de febrero al 30 de abril de 2013. Despidos que afectan a trabajadoras y trabajadores de los centros de Gijón, Madrid, Valencia y Vigo donde esta empresa tiene implantación, teniendo la CGT una representación sindical de plantilla del 33% 

Así la sentencia dice que Unísono debe readmitir a 21 trabajadores despedidos por causas organizativas y a 35 más por motivos disciplinarios. La empresa admitió que eran improcedentes debido a que en la mayoría de los casos se trataba de trabajadores que se encontraban en situación de baja por enfermedad y alegó bajo rendimiento. 

Según esta sentencia, estos trabajadores y trabajadoras se podrán incorporar, si lo desean, a sus puestos de trabajo en las mismas condiciones y respetando su antigüedad.

La demanda, presentada por CGT en solitario y dirigida al conjunto de la plantilla afectada, ha supuesto, tal y como destaca la Sección Sindical de CGT en Unísono “un esfuerzo de coordinación extra por tratarse de distintas secciones sindicales con implantación en diferentes autonomías, coordinación imprescindible para poder acreditar de forma fehaciente todas las pruebas que se han presentado ante el Tribunal“. 

Esta sentencia, en el momento actual, ofrece un resquicio de esperanza ante el embate de la patronal y el Gobierno, ya que la nueva Reforma Laboral otorga al empresario toda las variables posibles para el despido. Una regresiva Reforma Laboral que cuenta a su favor con el Estatuto de los Trabajadores que en su artículo 51.1 ofrece el despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Pero aún así, cuando el empresario abusa y sobrepasa el umbral de lo legislativamente permitido, como ha sido el caso, abre una puerta para la impugnación, pues en Unísono la mayoría de los casos demandados han terminado por conciliar o admitir al personal. 

Para la Confederación General del Trabajo, la lucha llevada a cabo en Unísono por parte de la Sección Sindical es un ejemplo para que la clase trabajadora sepa que no debe rendirse nunca, por muchas decisiones empresariales que se tomen al abrigo de la crisis. 

Cabe destacar que a la desconsideración que caracteriza al empresariado respecto al comportamiento, el rendimiento y la experiencia de la clase trabajadora se suma que sólo le importa a la patronal “cómo sacar el mayor beneficio a cambio del sacrificio de vidas humanas“. En definitiva, la sentencia determina que no hay que ceder y que en la defensa está la dignidad. 

Por último, señalar que la sentencia no es firme. 

Secretaría de Comunicación CGT-PV