Grabar conversaciones en el trabajo una práctica muy recomendable
Gracias a las tecnologías de hoy en día, realizar
grabaciones ocultas es tarea harto fácil. Un simple reproductor de MP3 tiene la
capacidad de grabar durante varias horas, y se puede llevar perfectamente en el
bolsillo de la chaqueta o de la camisa sin que adviertan su presencia. Los
teléfonos móviles también suelen incorporar esta función.
¿Es
legal grabar conversaciones sin que lo sepa nuestro interlocutor para aportarlas
como prueba ante un juez?. Lo es, siempre y cuando participes en dichas
conversaciones y no se traten intimidades personales de la persona grabada… esto
lo tenéis desarrollado en ¿La
grabación de conversaciones es prueba válida en un juicio? Apuntes para una
respuesta, que puede resumirse en este párrafo: "la grabación de una conversación por uno de los
intervinientes, sin afectar a reservas de intimidad de los otros, y al mismo
tiempo haciéndose la grabación para ser utilizada como prueba del que graba, es
una prueba válida pues ningún derecho fundamental de los otros vulnera, y al
mismo tiempo sirve al ejercicio del derecho fundamental de tutela judicial
(derecho a la prueba, art. 24, 2 CE) del que graba".
Por lo tanto, tenemos claro que no
estamos cometiendo ninguna ilegalidad. Imaginad ahora que vuestro jefe o jefa os
pide que acudáis a su despacho para tener una charla… quizás sólo os requiera
para asignaros algunas tareas propias de vuestro puesto… o quizás sea el
comienzo de una situación de acoso laboral (en este caso toda prueba es poca).
Sea lo que sea, no perdemos nada por adoptar la sana costumbre de grabar
nuestras conversaciones con el gerente de turno… si no que se lo digan a cierto
trabajador que grabó
su acoso y condenaron a su empresa a pagarle más de 150.000 euros. No
diréis que no le salió rentable al tipo…
Artículo que ha inspirado éste: Delitos
habituales cometidos por los empresarios contra los trabajadores y que no sabes
que son delito.