GUÍA DE ACTUACIÓN ANTE LA DENEGACIÓN DE LA BAJA LABORAL (II)
¿QUE PASARÁ EN LA
MUTUA?
1) El médico de la mutua decidirá: si debemos volver a trabajar
inmediatamente, si debemos descansar el resto del día o si debemos “coger la
baja”.
2) Aunque el médico de la mutua nos remita a trabajar, SI NO NOS SENTIMOS
CAPACES DE HACERLO CON NORMALIDAD, debemos acatar e:
a) informar a nuestro supervisor que no estamos en condiciones de trabajar y
que nos vamos a la mutua,
b) solicitar al departamento de recursos humanos que nos vuelva remitir a la
mutua, y
c) volver a la mutua, para revaloración de la patología.
¿CÓMO ACTUAR CUANDO EL MÉDICO
DE LA MUTUA NOS RECHAZA Y ENVÍA AL MÉDICO DE CABECERA PARA TRAMITAR LA BAJA
LABORAL?
1) Acudimos al médico de cabecera o a urgencias de nuestro ambulatorio y,
además de la valoración de la patología y “baja”, le solicitamos que “tramite la
contingencia” (documento de que disponen los médicos de atención primaria para
cuestionar la negativa de la mutua a asistir el paciente). Este documento nos
será dado y lo debemos llevar a la mutua, quien nos devuelve una copia sellada
donde consta el motivo por el cual la mutua se niega a asistirnos. Debemos
guardar este documento.
2) Tras algunos días o semanas, la mutua nos contestará por medio de una
carta certificada:
a) puede que en la contestación la mutua diga que modifica su decisión y
acepta su responsabilidad. Esto implica que, además de pasar a asistirnos (si
aún estamos enfermos y de “baja”), se responsabilizará de las posteriores
consecuencias de la lesión reconocida como accidente laboral y nos devolverá el
dinero descontado en nuestra nómina a causa de la baja laboral;
b) Sin embargo, es casi seguro que la mutua mantenga su postura de rechazo
del caso. Si es así, la carta de contestación de la mutua y su sobre también
deben ser guardados para ser utilizados en los posteriores trámites
(“RECLAMACIÓN PREVIA”, que debe ser tramitada en el plazo máximo de 1 mes tras
la contestación de la mutua, y, si procede, finalmente la “RECLAMACIÓN
JUDICIAL”: los afiliados a la CGT disponemos de abogados que se encargan de su
trámite).
ATENCIÓN
* La mutua siempre intentará que sea la seguridad social quien se encargue de
asistir a trabajadores accidentados o que enferman a consecuencia de su
trabajo. Para ello, utilizará cualquier error de trámite en cada uno de los
pasos que aquí aconsejamos a los trabajadores.
* Para evitar el rechazo de la mutua, inmediatamente los trabajadores debemos
hacer constar cualquier lesión o posible lesión que suframos trabajando (aunque,
de entrada, nos parezca que puede no ser importante), según indicamos en el
punto ” I “.
* Desaconsejamos que sea el propio trabajador quien decida si su lesión es o
no importante, puesto que las reclamaciones a posteriori suelen ser
rechazadas.
* Para evitar posteriores problemas, siempre que nos hagamos daño o nos
parezca que puede que nos hayamos lesionado, debemos dar todos los pasos que
indicamos arriba, lo cual traslada al médico de la mutua la decisión respecto a
la gravedad de la lesión.