viernes, 10 de junio de 2016

LOS JUECES DEVUELVEN A LOS TRABAJADORXS DE MUTUA LO QUE LES ROBÓ CCOO

LOS JUECES DEVUELVEN A LOS TRABAJADORXS DE MUTUA 
LO QUE LES ROBÓ CCOO

VACACIONES: A CCOO Y KONECTA SE LES ATRAGANTÓ EL PASTEL

Hay veces que a determinados sindicatos se les va la mano en su afán de servir los intereses productivos de la empresa y no de sus representados/as, siempre con el pretexto del mal menor y en busca de su ansiada paz social. Es decir, que se les olvida lisa y llanamente a quiénes representan de tanto repetir que cualquier perjuicio a la empresa puede causar infinitos males que solo suceden en su imaginación. 

Esta historia ha sucedido una vez más en Konecta BTO, donde Ricardo Cerezo, Secretario General de la sección sindical estatal de CCOO firmó, con nocturnidad y alevosía, un acuerdo de pretendida eficacia general para el disfrute, en la campaña Autoclub Mutua del centro de trabajo de Madrid, de los 4 días sueltos de vacaciones reconocidos en el Convenio de Contact Center.

Konecta eligió, y no eligió mal a decir verdad, su pareja de baile favorita para este atentado contra los derechos de los trabajadores/as, ignorando al resto de los sindicatos del Comité de Empresa de Madrid, incluida la CGT. Con una evidente falta de legitimidad para este tipo de acuerdos, ya que en el 2015 CCOO solo tenía 8 miembros en el Comité de Empresa de un total de 27, el susodicho maestro repostero de la pastelería sindical estampó su firma en un acuerdo que imponía la solicitud de 2 de los 4 días sueltos anuales en cada uno de los semestres del año 2016, sin descartar además la continuidad de esta aberración en futuros años, en toda la campaña de Autoclub Mutua, sin reparar en el “pequeño detalle” legal de que estos acuerdos, si no se ostenta mayoría absoluta en el Comité de Empresa, solo deben afectar a los afiliados/as del sindicato que los firma. Ese pequeño detalle por supuesto también pasó inadvertido a los directivos de Konecta, en su afán de yugular los derechos de toda la plantilla afectada en aras de su propio beneficio. 

Tras plantear una demanda de conflicto colectivo por este tema en cuanto tuvo conocimiento de estos hechos, y para garantizar que este procedimiento tuviera eficacia real para los trabajadores, CGT decidió encauzar la lucha jurídica contra este acuerdo mediante demandas individuales, y a principios del mes de junio los juzgados de lo social, puntualizando que se trata de conflictos de derechos y no de fechas de disfrute de las vacaciones, han sentenciado, en las primeras sentencias de las demandas individuales de trabajadores/as a quienes Konecta había impuesto el período de disfrute de dos días sueltos, que la conducta empresarial es abusiva y no puede imponer a todo el servicio ese infumable acuerdo, que en todo caso solo debería afectar a los afiliados/as a CCOO.

 Así pues, todo un batacazo para Konecta y sus abajo firmantes tan dispuestos siempre a servir los intereses patronales y no los que hace tiempo se les olvidó defender imbuidos de su papel de cooperadores necesarios de la miserable situación que actualmente padece la clase trabajadora. 

La dirección de Konecta, en vez de cerrar este asunto, ha decidido recurrir la sentencia. Dentro de unos meses llegará la sentencia definitiva del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. A cada cerdo le llega su San Martin.