jueves, 31 de diciembre de 2015

Cómo cobrar la indemnización si te caes en la calle

Cómo cobrar la indemnización 
si te caes en la calle


Si se cae en la calle porque la acera está levantada, hay una mala señalización o por cualquier otro motivo que sea resultado de una deficiente conservación de la vía sepa que puede reclamar al Ayuntamiento que le indemnice. Pero, ¿cómo?


Lo primero es la salud y, por tanto debe ir a urgencias a curarse y, una cuestión principal, indicar al médico cómo y dónde ocurrieron las lesiones para que deje constancia en el parte, que es la base de la reclamación.

En toda demanda es clave probar los hechos, dice el abogado Alberto Donaire y así una caída se puede acreditar con un parte de la Policía, a la que siempre conviene avisar, y con el testimonio de testigos, los cuales nos deben facilitar su nombre, apellidos y dirección. O, mejor todavía, que comparezcan en el atestado de la policía. Cuantas más pruebas consigamos, mejor.

Donaire explica que hay que distinguir entre una caída fortuita, en la que no existirá responsabilidad por parte de la Administración Pública, o cuando tenga causa, por ejemplo, una mala señalización, o debida al estado de conservación de la vía pública en que será responsable el Ayuntamiento. Si se produce por unas obras en la calle realizadas por una empresa privada, el Ayuntamiento será responsable solidario.

Podemos reclamar que nos indemnicen por todos los daños causados, llegado el caso, hasta por el importe del taxi que nos desplace al hospital, siempre que conservemos el recibo del pago.

La reclamación se presenta en las oficinas municipales, bien en el Registro General del Ayuntamiento, bien en los distritos municipales, mediante escrito en el que conste lo ocurrido, las causas, parte médico y las pruebas con las que contemos: si acudió la Policía, señalar diligencias, testigos, etcétera. Tiene un año para presentarla.

Una vez que el Ayuntamiento reciba la reclamación puede darnos la razón e indemnizarnos por los daños causados.

Otra posibilidad, según Alberto Donaire, es que nos contesten desestimando nuestra reclamación. El paso siguiente sería acudir a los tribunales en el plazo de dos meses, desde que nos notifiquen la resolución.

Y, por último, puede pasar que no nos digan ni que sí ni que no. Esto es, que "el Ayuntamiento incumpla con su obligación de resolver, interpretando el silencio negativo" lo que nos permitiría reclamar ante los tribunales.