Propuesta de multa de 40.001 euros a GSS por grabar a los trabajadores en sus instalaciones
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha propuesto una sanción a GSS Line de 40.001 euros por capturar imágenes de los trabajadores en el Office de la compañía de la Avenida de la Albufera, hecho que venía denunciando el Comité de Empresa desde el 18 de septiembre de 2013. Este organismo considera que estos hechos probados suponen una infracción grave, según el artículo 45 de la Ley Orgánica de Protección de datos. La sanción, no obstante, podría haber sido mayor, dado que esta estipulado para este tipo de faltas cuantías de hasta 300.000 euros, de acuerdo a una serie de criterios.
En el ámbito del comité de empresa CGT, nada más tener constancia de que la empresa iba a colocar cámaras de videovigilancia en la sala de descanso de los agentes, elaboró varios escritos, desde el año pasado, dirigidos a la Inspección de la AEPD, explicando que GSS no había informado a los representantes legales de los trabajadores de su instalación, y que desconocía qué tipo de cámaras eran y que finalidad tenían. Al mismo tiempo se denunciaba la vulneración del artículo 4.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, norma que impide el tratamiento de imágenes de carácter personal que no esté justificado.
CCOO y UGT apoyaron los escritos en el comité de empresa. El único sindicato que no colaboró con el comité de empresa fue CSIF, quien llegó a explicar que la instalación de las cámaras era para evitar robos en las instalaciones, un argumento que también utilizó la empresa, quien se negó a retirar las cámaras a pesar de los requerimientos que hizo CGT y el resto de las secciones sindicales.
Esta sanción es la segunda en los últimos cinco años que recibe GSS en materia de protección de datos, lo cual supone una recalcitrante actitud frente al respeto que todo trabajador merece de su imagen personal.