Incapacidad temporal:
¿Quién decide si está enfermo el trabajador?
La reforma laboral permite a las empresas
despedir por causas objetivas (indemnización de 20 días por año)
a los trabajadores que falten por causa justificada el 20% de los días
en dos meses consecutivos (nueve días si trabajas de lunes a viernes).
Además, el real decreto ley de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria de julio de 2012 recortó el salario de los empleados públicos
cuando están de baja (un 50% los tres primeros días y un 25% desde el cuarto día
hasta el vigésimo).
Ahora, el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social tiene sobre la mesa otro proyecto de real decreto que afecta a
la incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes, es decir, por
enfermedad no derivada del trabajo. En él se establece que las Mutuas de
Accidentes de Trabajo pueden proponer el alta médica de trabajadores en los
procesos derivados de contingencias comunes y si el facultativo del servicio
público de salud no contesta en el plazo de cuatro días desestimando el alta se
considerará aceptada. Es lo que se conoce como silencio administrativo positivo.
En la actualidad, las mutuas pueden proponer el alta, pero el médico del
servicio público de salud dispone de 15 días para contestar, y si no lo
hace se considera desestimada la propuesta de alta.
El próximo jueves, 25 de abril, acaba el
plazo para que los colectivos afectados presenten sus alegaciones al
proyecto. Todo se está haciendo de manera ‘informal’ porque el
ministerio no ha abierto el proceso oficial de consultas, que está previsto para
el mes de mayo, aunque ya ha recibido las alegaciones de los sindicatos, de
varias comunidades autónomas, de asociaciones médicas y de las mutuas.
Continúa en…